Un juez exhorta al Gobierno de Cordoba a dictar normas para regular protestas
Un juez de Control y Faltas exhorto hoy a los poderes de Cordoba a dictar nuevas normas de "reglamentacion del uso del espacio publico en las protestas sociales", al hacer lugar a una accion de habeas corpus de vecinos y comerciantes de la zona
El 28 de octubre de 2022 un grupo de vecinos y comerciantes de centro y microcentro de la ciudad de Córdoba habían promovido un "habeas corpus colectivo" en el cual denunciaron que estaban padeciendo la "limitación de la libertad ambulatoria y de trabajar libremente" debido a la "alteración de la tranquilidad" para hacer como consecuencia de las protestas sociales.
El juez de Control y Faltas N°10 Juan Manuel Fernández López resolvió "hacer lugar" a la acción planteada por el Centro Vecinal Centro, vecinos y comerciantes.
En los fundamentos afirma que "se ha comprobado la constante afectación de la libertad y derechos constitucionales", por lo tanto "el habeas corpus se erige como la herramienta idónea para garantizar las facultades cercenadas".
Asimismo, añade que el Estado en todos su niveles (Poderes provinciales a nivel Ejecutivo, Legislativo y Judicial, como también el Estado Municipal) "también se encuentran igualmente afectados por el ejercicio abusivo de derechos por parte de agrupaciones numerosas".
En ese contexto el magistrado dice en el fallo que el artículo 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos "reconoce el derecho de reunión pacífica".
No obstante, deja en claro que el ejercicio de ese derecho "sólo podrá estar sujeto a las restricciones previstas por la ley que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad pública o del orden público, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás".
Añade también que las normas que se dicten para garantizar esos derechos vulnerados deben ajustarse a lo que establece el punto 10 de la norma de 'Promoción y Protección de los Derechos Humanos, en el Contexto de las Manifestaciones Pacíficas'.
En la parte resolutiva el juez Fernández López recordó a la Fiscalía General que "se encuentra legalmente autorizado a diseñar y aplicar su política criminal sin otro condicionamiento que le legislación vigente, en el marco del principio de objetividad establecido por su propia Ley Orgánica".
También exhorta al Poder Legislativo y al Legislativo a que "prevean la posibilidad de incorporar nuevos dispositivos normativos tendientes a la reglamentación del uso del espacio público en el contexto del desarrollo de protestas sociales, sin afectación de derechos".
En otros de los puntos de la resolución ordena conformar una Comisión Provisoria de Abordaje y Seguimiento de la Problemática del Uso Indebido del Espacio Público para la ciudad de Córdoba.
Esa comisión estará integrada por el Ministerio Público Fiscal, el Secretario de
Seguridad de la Provincia, la Jefa de Policía de la Provincia, el Asesor Letrado de la Municipalidad de Córdoba y el Presidente del Centro Vecinal del Centro, "con el propósito de alcanzar una solución satisfactoria a la problemática planteada por la actora".
(Télam)
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