El Gobierno promulgo la ley de financiamiento de los partidos politicos
El Gobierno promulgó hoy la ley de Financiamiento Político, con un veto parcial, que permite que las empresas privadas puedan aportar dinero a las campañas electorales, y bancariza esas colaboraciones con el objetivo de que no haya fondos
El Gobierno promulgó hoy la ley de Financiamiento Político, con un veto parcial, que permite que las empresas privadas puedan aportar dinero a las campañas electorales, y bancariza esas colaboraciones con el objetivo de que no haya fondos provenientes de actividades ilícitas.
La iniciativa, que consta de 50 artículos, había sido aprobada por el Congreso el 15 de este mes, y hoy quedó promulgada con su publicación en el Boletín Oficial.
De todos modos, en el artículo quinto, el texto de la ley marca -entre otras restricciones- que los partidos políticos no podrán aceptar aportes o donaciones de personas humanas o jurídicas que se encuentren, por ejemplo, "imputadas en un proceso penal en trámite por cualquiera de las conductas previstas en la ley penal tributaria vigente".
El presidente Mauricio Macri, por medio de un decreto de necesidad y urgencia publicado hoy en el Boletín Oficial, observó un tramo de la norma que impide realizar aportes a quienes "sean sujetos demandados de un proceso en trámite ante el Tribunal Fiscal de la Nación por reclamo de deuda impositiva".
El argumento esgrimido para el veto parcial es de tipo técnico.
En el decreto se argumentó que "el término sujetos demandados no resulta técnicamente correcto, por cuanto de acuerdo con la Ley N° 11.683 de Procedimiento Tributario, el Tribunal Fiscal de la Nación -más allá de la naturaleza jurídica de sus facultades- es una instancia administrativa ante la cual los contribuyentes pueden recurrir la intimación de la AFIP al pago de sanciones o tributos, por lo que no hay sujetos demandados ante dicho tribunal sino que, por el contrario, ante el ejercen las personas humanas y jurídicas un derecho que se les otorga frente a los posibles incumplimientos de la administración".
La nueva ley establece un modelo mixto por el cual los partidos políticos obtendrán sus recursos mediante el financiamiento público y privado para el desarrollo de sus actividades y campañas electorales.
Uno de los puntos centrales (largamente reclamado por los organismos de la sociedad civil que promueven la transparencia política) es que los aportes privados deberán estar bancarizados, para que se conozca la identidad de las empresas que realicen sus contribuciones.
En ese sentido, la iniciativa fija que las personas jurídicas podrán aportar dinero con un tope del 2 % de los gastos autorizados por la ley.
Además, determina que no podrán realizar donaciones los entes estatales, los contratistas del Estado, ni aquellos que exploten juegos de azar.
El proyecto había sido motorizado por Cambiemos, y en su paso por Diputados tuvo el respaldo del massismo, Alternativa Federal y algunos bloques provinciales. Mientras que lo rechazaron el kirchnerismo, Red por Argentina y la izquierda. (Télam)
La iniciativa, que consta de 50 artículos, había sido aprobada por el Congreso el 15 de este mes, y hoy quedó promulgada con su publicación en el Boletín Oficial.
De todos modos, en el artículo quinto, el texto de la ley marca -entre otras restricciones- que los partidos políticos no podrán aceptar aportes o donaciones de personas humanas o jurídicas que se encuentren, por ejemplo, "imputadas en un proceso penal en trámite por cualquiera de las conductas previstas en la ley penal tributaria vigente".
El presidente Mauricio Macri, por medio de un decreto de necesidad y urgencia publicado hoy en el Boletín Oficial, observó un tramo de la norma que impide realizar aportes a quienes "sean sujetos demandados de un proceso en trámite ante el Tribunal Fiscal de la Nación por reclamo de deuda impositiva".
El argumento esgrimido para el veto parcial es de tipo técnico.
En el decreto se argumentó que "el término sujetos demandados no resulta técnicamente correcto, por cuanto de acuerdo con la Ley N° 11.683 de Procedimiento Tributario, el Tribunal Fiscal de la Nación -más allá de la naturaleza jurídica de sus facultades- es una instancia administrativa ante la cual los contribuyentes pueden recurrir la intimación de la AFIP al pago de sanciones o tributos, por lo que no hay sujetos demandados ante dicho tribunal sino que, por el contrario, ante el ejercen las personas humanas y jurídicas un derecho que se les otorga frente a los posibles incumplimientos de la administración".
La nueva ley establece un modelo mixto por el cual los partidos políticos obtendrán sus recursos mediante el financiamiento público y privado para el desarrollo de sus actividades y campañas electorales.
Uno de los puntos centrales (largamente reclamado por los organismos de la sociedad civil que promueven la transparencia política) es que los aportes privados deberán estar bancarizados, para que se conozca la identidad de las empresas que realicen sus contribuciones.
En ese sentido, la iniciativa fija que las personas jurídicas podrán aportar dinero con un tope del 2 % de los gastos autorizados por la ley.
Además, determina que no podrán realizar donaciones los entes estatales, los contratistas del Estado, ni aquellos que exploten juegos de azar.
El proyecto había sido motorizado por Cambiemos, y en su paso por Diputados tuvo el respaldo del massismo, Alternativa Federal y algunos bloques provinciales. Mientras que lo rechazaron el kirchnerismo, Red por Argentina y la izquierda. (Télam)
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