Legislativas14 de marzo de 2024

Lapidario juicio de constitucionalistas sobre el DNU: “nulidad absoluta e insanable”

Los especialistas afirmaron que el decreto debe ser rechazado y consideraron que es “obligación” del Parlamento evitar los atajos del Ejecutivo para saltearlo.

El Senado trata el DNU.
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Cuatro abogados constitucionalistas sostuvieron que el DNU 70l2023 firmado por el presidente Javier Milei, que será debatido este jueves en el Senado, debe ser rechazado “por su manifiesta nulidad absoluta e insanable” y consideraron que es “obligación” del Parlamento evitar los mecanismos que el Poder Ejecutivo propone para no pasar por el Congreso.

“La Corte Suprema de Justicia sostiene que la Constitución Nacional no habilita a elegir discrecionalmente entre la sanción de una ley o la imposición más rápida de ciertos contenidos materiales por medio de un decreto”, explicaron Laura Clérico, Raúl Gustavo Ferreyra, Roberto Gargarella y Andres Gil Domínguez en un texto breve que publicaron en la red social X.

Los académicos recordaron que “el Poder Ejecutivo tiene prohibido constitucionalmente emitir disposiciones de carácter legislativo” y “no puede acudir a un DNU porque no tiene mayoría en el Congreso”.

“El DNU 70/2023 es un instrumento que se ha dictado por fuera de las ‘circunstancias excepcionales’ admitidas en forma restrictiva por la Constitución. Corresponde subrayarlo una vez más: la CN autoriza el dictado excepcional de un DNU solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos para la sanción de las leyes Y éste no es el caso ya que el Congreso se encuentra funcionando”, remarcaron.

También hicieron hincapié en que “al modificar o derogar de manera definitiva  81 normas desnaturaliza las atribuciones del Congreso como órgano que titulariza la tarea constitucional de diseñar la legislación”.

“Tal accionar comporta la ruptura de la separación de poderes del Estado y favorece la concesión de la suma del poder público al Ejecutivo, algo expresamente prohibido por el art. 29 de la Constitución”, afirmaron los especialistas. 

Para los constitucionalistas, “las facultades extraordinarias que se arroga el presidente permiten que los derechos y bienes de las personas queden a su merced: las libertades que se ‘conceden’ un día desde el poder, a través de una medida discrecional, pueden ser ‘removidas’ al día siguiente a través de otra medida discrecional”. 

“El Congreso tiene la obligación de evitar que se consolide el mecanismo que propone el DNU 70/2023 mediante el cual el Poder Ejecutivo puede elegir discrecionalmente entre dictar un decreto de necesidad y urgencia o someterse al trámite ordinario previsto por la Constitución para la sanción de las leyes”, advirtieron.

El Senado ratificó este miércoles que hoy debatirá el DNU 70/23 que desregula la economía, luego de que la titular de la Cámara alta, Victoria Villarruel, habilitara su tratamiento, mientras que el presidente Javier Milei advirtió que su eventual rechazo “conllevaría un grave retroceso en los derechos y necesidades del pueblo argentino”.

Ayer, se realizó la reunión de Labor Parlamentaria para acordar los temas de la sesión, convocada para las 11, y pese a que el jefe de Estado lanzó un duro comunicado mientras los legisladores estaban reunidos, se confirmó que se tratará el cuestionado DNU. 

ST

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