AFIP HABILITÓ SERVICIO PARA CONSULTAR PERCEPCIONES DEL IMPUESTO PAIS

La AFIP habilito hoy un servicio en su pagina web para consultar e informar percepciones practicadas sobre las operaciones alcanzadas por el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria , que se aplica a la compra de moneda extranjera Por
Argentina21 de diciembre de 2020 Agencia Noticias Argentina
La AFIP habilitó hoy un servicio en su página web para consultar e informar percepciones practicadas sobre las operaciones alcanzadas por el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), que se aplica a la compra de moneda extranjera
Por medio de la Resolución General 4885/2020, publicada este lunes en el Boletín Oficial, el organismo explicó que las consultas sobre las percepciones del 35% a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, pueden canalizarse a través del servicio web "Mis Retenciones". La AFIP recordó que en septiembre último, se estableció un régimen de percepción respecto de las operaciones alcanzadas por este impuesto, destinado a adelantar el ingreso de las obligaciones correspondientes a Ganancias o Bienes Personales, según corresponda. La percepción practicada conforme a ese régimen será considerada pago a cuenta de ambos impuestos. Ese 35% extra se agregó el 16 de septiembre a las operaciones cambiarias que ya estaban gravadas con el 30% del impuesto PAIS. Pero también se aplica a consumos hechos con tarjetas de crédito y débito pagados en moneda extranjera, ya sea en el exterior o por medio de consumos "on line". Ahora, el ente recaudador indicó que "resulta necesario incorporar la referida percepción entre los conceptos que, habiendo sido informados por los beneficiarios de las rentas aludidas, deben ser oportunamente computados por el agente de retención en la determinación del impuesto a retener". Aquellos monotributistas, trabajadores en relación de dependencia y jubilados que realizan compras de moneda extranjera pero no están alcanzados por Ganancias y Bienes Personales, también podrán solicitar el reintegro de la percepción. En este caso, el servicio para solicitar el reintegro será habilitado el mes que viene: la AFIP realizará validaciones y controles para constatar la validez de la solicitud y, cuando corresponda, el dinero se devolverá directamente en la cuenta bancaria del contribuyente. GCH/CJ NA
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