Jubilaciones y asignaciones: de cuánto será la mínima en abril
Andrés Montero

El Gobierno nacional oficializó un nuevo aumento para los jubilados, pensionados y beneficiarios de las asignaciones sociales, a través de la publicación de las resoluciones 74/2026 y 79/2026 en el Boletín Oficial.

La medida establece que el haber mínimo garantizado del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) será de $380.319,31, mientras que el haber máximo alcanzará los $2.559.188,80.
Cómo se definió el aumento
La actualización de estos valores fue dispuesta conforme a lo establecido en la Ley N° 26.417 y el Decreto N° 274/24, tomando como referencia la variación del Índice de Precios al Consumidor Nacional (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). El último dato de inflación registrado fue del 2,9%.
En ese marco, también se fijaron las bases imponibles mínima y máxima para el período devengado abril de 2026, que serán de $128.091,45 y $4.162.912,57, respectivamente, utilizadas para el cálculo de aportes y contribuciones.
Además, el monto de la Prestación Básica Universal (PBU) se estableció en $173.978,72, mientras que la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) será de $304.255,45.
La mínima con bono
A estos montos se suma el bono extraordinario que otorga el Gobierno para compensar el desfasaje frente a la inflación. El pago correspondiente a abril fue confirmado a comienzos de esta semana.
De esta manera, la jubilación mínima alcanzará los $450.319,31 en el cuarto mes del año.
Asignaciones familiares: cuánto aumentan
Por su parte, las asignaciones familiares previstas por la Ley N° 24.714 tendrán un incremento del 2,90 % a partir de abril de 2026, según lo dispuesto en la Resolución 79/2026 publicada en el Boletín Oficial.
Este porcentaje se aplicará sobre los valores vigentes establecidos en la Resolución N° RESOL-2026-55-ANSES-ANSES, con excepción de las asignaciones contempladas en los incisos d) y e) del artículo 6° de la ley.
Los nuevos límites, rangos y montos serán aplicables tanto para hechos generadores como para liquidaciones que se produzcan desde abril. En los casos en que surjan decimales, se aplicará el redondeo al entero siguiente.
Límites de ingresos y exclusiones
A partir de este ajuste, quedarán excluidos del cobro de asignaciones familiares los grupos en los que uno de sus integrantes perciba ingresos superiores a $2.801.551, aunque el total del grupo no supere el máximo establecido.
Este criterio responde a lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 1667/12.
Montos por tipo de prestación
Para el caso de maternidad, el monto se calcula en función de la remuneración bruta, sin tope de Ingreso del Grupo Familiar (IGF).
En tanto, los valores para nacimiento, adopción y matrimonio serán de $79.660, $476.268 y $119.275 respectivamente, para IGF de hasta $5.603.102, con cifras uniformes en todo el país.
Las asignaciones por prenatal e hijo presentan montos variables según el IGF y la zona de residencia. En el Valor General, los importes disminuyen a medida que aumentan los ingresos, mientras que en las zonas 1, 2, 3 y 4 los valores pueden ser más altos, especialmente en el caso de la ayuda escolar anual.
Para hijo con discapacidad, los montos son superiores y también se ajustan de acuerdo al IGF y la zona, según el detalle del Anexo I.
Ayuda escolar y diferencias por zona
La ayuda escolar anual se fijó en $55.672 como valor general, con montos mayores en provincias del sur como La Pampa, Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.
En el caso de quienes perciben la prestación por desempleo, se mantienen los mismos valores para nacimiento, adopción y matrimonio. Para prenatal e hijo, los montos varían según el IGF: $68.341 (hasta $1.058.088), $46.099 (entre $1.058.088,01 y $1.551.789), $27.883 (entre $1.551.789,01 y $1.791.592) y $14.386 (entre $1.791.592,01 y $5.603.102).
Para hijo con discapacidad, los valores serán de $222.511, $157.412 y $99.347 según el tramo de ingresos, mientras que la ayuda escolar anual se mantiene en $55.672 para todos los casos.
Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur
Las asignaciones familiares destinadas a veteranos de la Guerra del Atlántico Sur mantienen los mismos valores para nacimiento, adopción y matrimonio, aunque presentan diferencias en prenatal, hijo y discapacidad según el IGF y la zona.
En estos casos, la ayuda escolar anual oscila entre $55.672 y $74.257 en zonas específicas como el sur del país y el Partido de Patagones.
Todos los importes fueron actualizados en función de la movilidad del 2,90 % establecida por ANSES para abril de 2026, según lo informado en los documentos incorporados al sistema GEDO.

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