El pago electrónico: la nueva normativa de AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos puso en vigencia, a partir de ahora, la premisa de “efectivo cero” para los pagos de impuestos.

Economía 01 de agosto de 2017 Redaccion GLP
El pago electrónico: la nueva normativa de AFIP Pago electrónico de impuetos de la AFIP.

El pago efectivo, para los impuestos de la mayoría de los contribuyentes ya no va más: a partir de ahora, todos se harán electrónicamente. Esto es que las liquidaciones impositivas y de autónomos se harán de manera electrónica, y deberán ser abonadas en ese mismo formato.

Cabe destacar que también estarán incluídos en esta nueva metodología de pago los anticipos y declaraciones de Ganancias y Bienes Personales, cuotas de autónomos (categorías II y II), IVA y seguridad social.

Sin embargo, recién a partir de noviembre, estarán obligados los monotributistas, de categorías A, B y C.

El pago electrónico estará fraccionado en dos: por un lado, tanto los anticipos de Ganancias de personas físicas y Bienes Personales como las obligaciones de autónomos contarán con 6 formas de pago distintas. Ellas son: el débito en cuenta de cajero automático y en cuenta bancario, el volante electrónico, el débito automático, el pago telefónico con tarjeta de crédito y el pago con débito en entidades habilitadas.

Mientras que los pagos de hasta $10 “por cualquier concepto”, para el IVA, la seguridad social de los empleadores y las declaraciones juradas de Ganancias de Personas Físicas y Bienes Personales deberá emitirse el VEP en la página del organismo.
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