Bono extraordinario y aumento para jubilados en noviembre: ¿cómo quedan los haberes?
Andrés Montero


En noviembre de 2024, el Gobierno nacional otorgará un bono extraordinario para jubilados que alcanzará hasta $70.000. La medida fue oficializada a través del Decreto 965/2024, que se publicó en el Boletín Oficial y fue firmado por el presidente Javier Milei, junto con el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
Aumento mensual en jubilaciones
Este bono será complementado por un aumento del 3,47% en los haberes de jubilados y pensionados, aplicándose bajo la modalidad de actualización mensual que considera la inflación de dos meses atrás, en este caso la de septiembre. Así, la jubilación mínima pasará de $244.398 a $252.798, mientras que la máxima se elevará de $1.644.411 a $1.701.094. A su vez, mediante la Resolución 979/2024, el gobierno estableció que ningún jubilado cobrará menos de $322.798, ya que aquellos con ingresos menores recibirán un monto proporcional hasta alcanzar esta cifra.
Quiénes podrán acceder al bono de $70.000
El Decreto 965/2024 establece que el bono extraordinario beneficiará a varias categorías de jubilados y pensionados, abarcando tanto a las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), reguladas por la Ley N° 24.241 y sus complementarias, como también a regímenes nacionales y especiales anteriores que fueron transferidos a la Nación.
También están incluidas las personas que reciben la Pensión Universal para el Adulto Mayor, de acuerdo con la Ley Nº 27.260, y las pensiones no contributivas por vejez, invalidez o para madres de siete hijos o más, además de otras pensiones graciables.
Características del bono extraordinario
La normativa aclara que, para recibir el bono, los beneficios deben estar vigentes en el mes de su liquidación y que el mismo no será remunerativo, por lo que no sufrirá descuentos ni se computará para ningún otro concepto.
En el caso de pensiones con varios copartícipes, el bono será considerado como un único beneficio. Para quienes perciben un monto igual o inferior al haber mínimo garantizado, el bono será pagado en su totalidad, mientras que aquellos con ingresos superiores recibirán el bono necesario para alcanzar el tope que representa la suma del haber mínimo más el bono máximo establecido.

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