Colegios privados podrán definir cuotas sin autorización oficial
Juan Manuel Villarreal


El Gobierno nacional oficializó este martes un cambio de peso en el sistema educativo privado: a través del Decreto 787/2025, publicado en el Boletín Oficial, se derogó la normativa que durante más de tres décadas reguló los valores de las matrículas y las cuotas en las escuelas privadas.
La medida implica que, a partir de ahora, los institutos podrán fijar los aranceles sin autorización previa del Estado nacional, eliminando la obligación de informar anticipadamente cualquier modificación en los precios.
Qué norma se derogó
El Decreto 787/2025 deja sin efecto el Decreto 2417/1993, que establecía un sistema de control estatal sobre los aranceles educativos privados desde los años 90. Según el Gobierno, ese marco legal respondía a un escenario en el que la administración educativa dependía del Estado nacional, algo que cambió con la posterior transferencia de competencias a las provincias.
Los argumentos del Gobierno
En los fundamentos, el Ejecutivo sostiene que la regulación previa “dificultaba la adaptación de los institutos a las realidades económicas del país” y generaba una estructura rígida en un contexto de inflación y variaciones constantes en los costos.
Impacto sobre la fijación de precios
El decreto señala que la obligación de solicitar autorización previa limitaba la capacidad de los colegios para ajustar sus aranceles en función de los costos operativos. Esa situación, según el texto, llevaba a que muchos establecimientos optaran por fijar cuotas más altas desde el inicio, por temor a no poder cubrir gastos futuros sin la aprobación estatal.
Efecto en las familias
El Gobierno argumenta que ese esquema terminaba “perjudicando a las familias”, ya que las obligaba a afrontar aranceles más elevados desde el comienzo del ciclo lectivo y, en algunos casos, a cambiar a sus hijos de institución.
El decreto también pone el foco en la autonomía administrativa de los establecimientos de gestión privada. Señala que los institutos deberían tener libertad para fijar condiciones de contratación y salarios, sin pasar por la aprobación estatal. Según la visión oficial, la rigidez tarifaria podía derivar en desfinanciamiento y caída en la calidad educativa si los colegios no lograban responder a variaciones salariales o de insumos.
La medida instruye al Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Educación, a revisar el Decreto 2542/1991, considerado la norma base del financiamiento del sector. El objetivo es avanzar hacia un esquema que resguarde el principio de libre contratación, permitiendo que los colegios definan sus políticas de precios “en competencia leal y en función de la demanda del mercado”.

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