Confirman perpetua por un femicidio y ordenan aplicar la Ley Brisa para la hija de la victima

La Suprema Corte bonaerense confirmo la pena de reclusion perpetua para un hombre por el femicidio de su pareja, a quien en 2017 ahorco, golpeo y luego escondio el cuerpo en el placard de su casa de la localidad de Rafael Castillo, y dispuso que la

Argentina02 de abril de 2023 Agencia Télam
La Suprema Corte bonaerense confirmó la pena de reclusión perpetua para un hombre por el femicidio de su pareja, a quien en 2017 ahorcó, golpeó y luego escondió el cuerpo en el placard de su casa de la localidad de Rafael Castillo, y dispuso que la hija de la víctima tenga una reparación económica amparada en la "Ley Brisa", informaron hoy fuentes judiciales.
El fallo de 25 páginas al que Télam tuvo acceso recayó sobre Jorge Claudio Duré (30), quien en mayo de 2019 fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 de La Matanza a la pena máxima por el "homicidio agravado por el vínculo y por violencia de género", en perjuicio de Lorena Aguilar Chazarreta (32).
La sentencia había sido apelada por la defensa oficial que consideró que el acusado debía ser beneficiado por el "beneficio de la duda", al criticar la calificación legal empleada en primera instancia porque la relación de pareja duró unos tres meses.
Además, el defensor sostuvo que el hecho debió encuadrarse como un "homicidio agravado por codicia", lo cual fue descartado por la Suprema Corte.
"El comportamiento de Duré con relación al dinero de la víctima demostró una especial forma de violencia de género: la violencia económica", aseguró.
Es que tras cometer el femicidio, el condenado se compró ropa deportiva luego de vaciar la cuenta de la víctima producto del cobro de una pensión por discapacidad y de un préstamo, que ella pensaba utilizar para festejar el primer cumpleaños de su hija.
"La hipótesis del recurrente estuvo centrada en demostrar que entre su asistido y la víctima no existió una 'relación de pareja' y resaltó que la convivencia duró solo tres meses, mientras que las uniones convivenciales del régimen civil exigen dos años", indicó en su voto el juez Sergio Torres, al que adhirieron sus colegas Hilda Kogan, Daniel Soria y Luis Genoud, quienes coincidieron en que ese argumento es "absolutamente ineficaz".
Según el máximo tribunal bonaerense, "mientras para la defensa oficial el vínculo entre Duré y Lorena Mabel Aguilar (quienes convivían desde hacía tres meses y habían comenzado su relación desde hacía más tiempo, conforme el testimonio de la hermana de la víctima) era una simple relación de noviazgo recién iniciada y carente de permanencia, para ambas instancias anteriores ese vínculo configuró una situación fáctica suficiente para tener por probado el elemento normativo 'relación de pareja'".
En tanto, los jueces afirmaron que en este caso se tuvo en cuenta "los antecedentes de violencia de Duré en su relación anterior, la violencia de género respecto de la propia víctima de autos, Lorena Mabel Aguilar, sumado al modo particular en que se cometió el homicidio, mediante ahorcamiento con brutales lesiones post mortem, entre otras".
"Las críticas de la parte lucen parciales y descontextualizadas del completo cuadro de situación que se tuvo por probado, que da cuenta de un específico contexto de violencia y relación asimétrica de poder en que se produjo el homicidio y que es, precisamente, lo que a criterio de los órganos jurisdiccionales justificó la aplicación de la figura de femicidio", indicó la Suprema Corte.
Por último, los magistrados consideraron como "importante hacer hincapié en que Lorena Mabel Aguilar falleció a causa de violencia de género y que, como progenitora, su hija -a la que hizo referencia la hermana de la damnificada en su declaración- es destinataria de la reparación económica prevista en la ley 27.452, 'Ley Brisa'".
El femicidio fue descubierto el 30 de noviembre de 2017, cuando el cuerpo de Aguilar Chazarreta fue encontrado en el interior de un placard de la vivienda situada en La Doma al 3000, en el barrio Toledo, de Rafael Castillo.
La Policía llegó al lugar alertada mediante el 911 por la presencia de un cuerpo en la casa, aunque debieron regresar en dos oportunidades más ya que los habitantes no la dejaban ingresar.
Finalmente, los efectivos fueron recibidos por una mujer que les abrió la puerta y les dijo: "Mi hijo mató a la mujer y la tiene en el placard".
Los policías se dirigieron entonces hasta una habitación y encontraron el cadáver de la mujer en un ropero y en avanzado estado de descomposición, ya que según estimaron los peritos el crimen se había cometido hacía una semana.
La autopsia determinó que el femicida "ejerció una compresión manual extrínseca en el cuello de la joven, causando una asfixia mecánica que finalizara con su deceso, luego y con el fin de asegurarse el resultado propuesto, efectuó golpes con un elemento contundente en la zona craneal y facial de la víctima, provocando en forma post mortem una fractura del macizo facial".
Tras el crimen, Duré le envió un mensaje a su expareja, que fue testigo en el juicio, y le dijo que "había cometido una locura, que se quería ahorcar y llamar a la policía, enviándole dos fotografías", una del cadáver de Lorena. (Télam)
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