¿Cuáles son los puntos clave de la “ley antimafias” aprobada por Diputados?
La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto que propone mayores facultades para investigar y sancionar al crimen organizado, con varios cambios en el tratamiento en comisiones.
La Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado el proyecto de ley de abordaje integral del crimen organizado, más conocido como "ley antimafias", impulsado por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich. La iniciativa, que tiene como objetivo dotar al Estado de herramientas más eficaces para investigar y sancionar a las organizaciones criminales, obtuvo 137 votos a favor, 92 en contra y ninguna abstención.
Desde que el proyecto ingresó en abril pasado, el texto sufrió varias modificaciones en su paso por las comisiones. Incluso, sectores de la oposición dialoguista llegaron al recinto con disidencias. Al iniciar el debate, la presidenta de la Comisión de Legislación Penal, Laura Rodríguez Machado (Pro), detalló una serie de cambios propuestos por Encuentro Federal y otras bancadas.
Definición de organizaciones criminales y penas
La iniciativa define a las organizaciones criminales como grupos de tres o más personas que operan concertadamente durante un período prolongado, en áreas geográficas específicas, con el propósito de cometer delitos graves. Se mantuvo en el texto original el artículo que establece penas de reclusión o prisión de 8 a 20 años para quienes participen, cooperen o ayuden en la formación o mantenimiento de una asociación ilícita.
Además de abarcar delitos como lavado de activos, homicidios, secuestro, trata de personas y privación ilegítima de la libertad, durante el tratamiento en comisiones se agregaron otros delitos contra la administración pública, como cohecho, tráfico de influencias y enriquecimiento ilícito. También se incluyeron delitos contra la integridad sexual, contra la propiedad, y la comercialización de órganos regulada por la Ley 27.447 de Trasplante de Órganos.
Nuevas herramientas de investigación y decomiso anticipado
El proyecto establece que la Fiscalía Federal competente, junto con las procuradurías y unidades fiscales especializadas, podrá solicitar la realización de investigaciones especiales, las cuales deberán ser autorizadas por una autoridad judicial competente. Estas investigaciones podrán abarcar una o varias ciudades, y en el caso de delitos bajo jurisdicción provincial, se necesitará la solicitud del Ministerio Público Fiscal y la aprobación de las autoridades locales.
En cuanto al decomiso de bienes, se reemplazó el artículo sobre extinción de dominio por el concepto de "decomiso anticipado". Según esta modificación, los jueces podrán decomisar bienes que se presuman producto de actividades ilícitas, aun sin condena, y dichos bienes pasarán de manera inmediata al dominio del Estado Nacional, las provincias o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a los porcentajes de distribución establecidos en la reglamentación de la ley.
Modificaciones durante el debate
Entre los cambios introducidos durante la discusión en el recinto, se sumó la creación de una Comisión Investigadora Conjunta que será convocada por la Fiscalía Federal competente para coordinar la investigación de los delitos abarcados en la ley. Esta comisión integrará a las fiscalías provinciales, los ministerios de seguridad locales y nacionales, y las procuradurías especializadas.
Otro punto modificado fue el artículo que regula la detención de personas en investigaciones complejas. En situaciones de urgencia, las fuerzas policiales y de seguridad podrán detener a una persona por hasta 48 horas con autorización del Ministerio Público Fiscal, notificando de inmediato a la autoridad judicial. Además, cuando la investigación sea compleja debido a la cantidad de hechos, detenidos o víctimas, o si se trata de delincuencia transnacional, la detención podrá extenderse hasta 15 días, prorrogables por igual término con autorización judicial.
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