Entérate qué ocurre con aquellas personas que deban trabajar el día de la elección

Si el domingo te toca trabajar en el horario en que se desarrollan los comicios, conocé tus derechos como empleado y las obligaciones de tu empleador.

Legislativas12 de noviembre de 2021 Redaccion GLP
Muchos argentinos y argentinas probablemente deban trabajar en el horario en que se desarrollan los comicios de este domingo. Ahora bien, qué obligaciones tienen los empleadores para con sus empleados en pos de cumplir con la obligación civil del sufragio: Los detalles en esta nota.

Si por razones de trabajo debés estar ocupado durante las horas que dura de acto electoral (entre las 8 y 18 horas), tenés derecho a que tu empleador te autorice a concurrir a votar o a desempeñar funciones en el comicio, sin deducción alguna del salario u ulterior recargo de horario.

Y, en el caso del personal afectado al Comando General Electoral, podrán emitir su voto siempre y cuando se encuentren empadronados en la mesa de votación. Puede estar registrado como una electora o elector más o señalizado con un color especial.

Si en el padrón de la mesa aparece señalizado con un color especial, la autoridad de mesa le debe entregar firmados dos sobres: el sobre de votación y otro denominado “sobre cubierta” con la leyenda “voto Comando Electoral”.

En el cuarto oscuro, debe colocar la opción electoral que elija dentro del sobre de votación y éste dentro del “sobre cubierta”, para luego introducirlo en la urna.
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