Sobreseyeron a un empresario acusado de lavar dinero de Lazaro Baez en un campo de Mendoza

La Camara Federal porteña sobreseyo al empresario Roberto Jaime Erusalimsky por el delito de "lavado de dinero" por el que estaba imputado debido a la compra de un campo en la provincia de Mendoza como supuesto testaferro de Lazaro Baez.

Política23 de abril de 2021 Agencia Noticias Argentina
La Cámara Federal porteña sobreseyó al empresario Roberto Jaime Erusalimsky por el delito de "lavado de dinero" por el que estaba imputado debido a la compra de un campo en la provincia de Mendoza como supuesto testaferro de Lázaro Báez. Los jueces Eduardo Farah y Mariano Llorens revocaron el último procesamiento que pesaba sobre Erusalimsky, "sobreseyéndolo de los cargos en su contra y dejando a salvo el buen nombre y honor del que hubiera gozado". El fallo justificó que "la adquisición del campo en Mendoza en la que se sostiene la imputación (de enmascarar el origen de los fondos ilícitos de Báez con los que originalmente fue comprado por el financista Leonardo Fariña), fue también motivo -desde otra óptica- de un pronunciamiento definitivo en la causa". Pese a la acumulación de pruebas desde 2014 a favor de la defensa de Erusalinsky, fue procesado en al menos tres oportunidades, la última de ellas además con la imposición de un fuerte embargo y restricciones personales". "A partir del año 2014 la situación procesal de Erusalimsky varió de acuerdo con las decisiones que, a pesar de haberse renovado de manera casi anual, no lograron superar la instancia inicial del proceso por cuanto todas ellas, en esencia, se cimentaron en las mismas probanzas recogidas desde un principio", evaluó el tribunal. En ese sentido, determinó que "la instrucción está completa y en un estadio de crítica donde hay que definirse por el procesamiento o el sobreseimiento. Han transcurrido más de ocho años con posterioridad a la convocatoria del imputado. Cuatro, desde que la Cámara Federal de Casación Penal decidió que correspondía estar a la falta de mérito dispuesto a fines de 2015". La Cámara recordó que la fiscalía "desde un inicio el sobreseimiento de Erusalimsky y lo propio hicieron la Oficina Anticorrupción y la Unidad de Información Financiera", pero la AFIP como querellante mantuvo activa la acción penal. En diciembre de 2010, Jorge Fariña compró unas 3.600 hectáreas por unos cinco millones de dólares en efectivo como "comisionista". Pero un año más tarde, ese mismo campo fue transferido a Erusalimsky por un monto mucho menor, 1,8 millones de dólares. El Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia de Mendoza advirtió sobre el episodio y generó una investigación judicial por posible lavado. En ese contexto, Fariña declaró como "arrepentido" y dijo que el dinero de la operación original había sido aportado por Lázaro Báez y, de hecho, ambos terminaron condenados en un reciente juicio oral y público. Pero ahora la Cámara determinó que "ciertamente, ninguna parte acusadora ha aportado al proceso algún indicio en sentido incriminatorio contra el encausado (por ejemplo, algo que surgiera del debate oral llevado adelante en el proceso, recientemente culminado), que lo vincule a la cadena de inserción dolosa de fondos provenientes de delitos". "Los peritajes efectuados por el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema concluyeron que Erusalimsky pudo contar con esos fondos en moneda estadounidense de acuerdo a la documentación patrimonial e impositiva personal y los registros contables de la empresa AC24 que confrontaron", sostuvieron los camaristas al dictar el sobreseimiento. El fallo justificó la sustancial diferencia de precios en "la nueva normativa decretada el 3 de octubre de 2011 por el Departamento de Irrigación de la Provincia de Mendoza que restringió en el ínterin la construcción de nuevas perforaciones en el área para la extracción de aguas subterráneas, habiéndoseconocido, además, que los campos no cuentan con pozos". "La tasación del Banco Nación determinó específicamente que la suma abonada por Erusalimsky para la adquisición de la estancia se compadecía con los valores de mercado de entonces", resumió el fallo. Pol/NE/OM NA
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