LAS COOPERATIVAS ELÉCTRICAS, OBLIGADAS A FACTURAR POR SEPARADO LOS SERVICIOS ADICIONALES

Las cooperativas eléctricas deben facturar por separado la prestación de servicios adicionales que cobran de otras prestaciones diferentes al servicio básico, recordó en un comunicado la Secretaría de Comunicación Pública

Argentina27 de febrero de 2019 Redaccion GLP
Las cooperativas eléctricas deben facturar por separado la prestación de servicios adicionales que cobran de otras prestaciones diferentes al servicio básico, recordó en un comunicado la Secretaría de Comunicación Pública
La resolución beneficia a 3,1 millones de usuarios.
La medida fue dispuesta en una resolución del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), avalada por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) y entró en vigencia desde enero de 2019.
En la actualidad de las 501 cooperativas registradas en el INAES, 129 no cumplen con la normativa vigente, la que deberán adherirse en un plazo de diez días, se informó.
Las prestadoras de energía suelen incluir en la facturación ítems tales como sepelio, emergencias médicas, bomberos, proveeduría, telefonía fija y móvil, agua potable, internet, servicio de TV digital, gas y tasas municipales, entre otros.
Si los consumidores prestan conformidad, las cooperativas podrán seguir cobrando esos servicios, pero por medio de una factura distinta a la de la electricidad.
La normativa se busca brindar mayor transparencia en la facturación, porque permite conocer el consumo y tener claro lo que se carga como adicional.
La nueva medida evitará el corte del servicio eléctrico por la falta de pago de una factura que incluía conceptos ajenos al consumo.
El presidente Mauricio Macri advirtió ayer, a través de un tuit, que “son muchas las cooperativas eléctricas que le suman a las boletas de electricidad gastos que no corresponden al consumo de los usuarios”.
En ese sentido, señaló que esa metodología puede elevar el monto a pagar de la boleta de luz más de un 50 % y, en algunos casos, hasta más de 80 %.(Télam).

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