Política Agencia Télam 07 de junio de 2019

La Justicia establecio que, ante una vacante de una diputada nacional, debe ser asumir otra mujer

La Justicia estableció que cuando una banca en la Cámara de Diputados de la Nación es ocupada por una mujer y por algún motivo se produce su vacante ese lugar debe ser ocupado por otra mujer, con el fin de respetar el cupo femenino y la paridad de
La Justicia estableció que cuando una banca en la Cámara de Diputados de la Nación es ocupada por una mujer y por algún motivo se produce su vacante ese lugar debe ser ocupado por otra mujer, con el fin de respetar el cupo femenino y la paridad de género, confirmaron hoy fuentes judiciales.
Así lo dispuso la jueza federal con competencia electoral María Romilda Servini al hacer lugar a una acción de amparo interpuesta por las dirigentes del Frente Renovador Malena Galmarini, Marcela Durrieu y Lorena Ferraro Medina.
Ese recurso procuraba impedir que la Cámara baja no le tomara juramento al oficialista Jorge Garayalde como reemplazante de la diputada Anabella Hers Cabral (Cambiemos).
La legisladora había renunciado a su banca en diciembre del año pasado, para asumir como representante del estamento de los abogados en el Consejo de la Magistratura porteño.
La decisión fue celebrada hoy por Hers Cabral, quien, a través de las redes sociales, consideró que se trata de un "fallo histórico" la decisión de que la banca que dejó sea ocupada por "la mujer que sigue en el orden de la lista" de candidatos de Cambiemos que compitió en las legislativas de 2015 en la categoría de diputados nacionales.
"Brindo por mis queridas mujeres. ¡Salud!", dijo a través de Twitter en referencia a la resolución adoptada en la causa motorizada por el grupo de dirigentes mujeres del massismo, entre ellas la concejal por el Frente Renovador y esposa de Sergio Massa, Malena Galmarini.
"Entre dos soluciones posibles, debe procurarse aquella que garantice el adecuado equilibrio entre mujeres y hombres en la composición del cuerpo legislativo. Disponer lo contrario implicaría en los hechos una disminución en el porcentaje de la representación de las mujeres en el Parlamento", argumentó la juez federal con competencia electoral de la Capital Federal.
En este sentido, entendió que, una decisión en contrario, implicaría "vulnerar el accionar progresivo de la legislación, cuya finalidad no fue otra que dar cumplimiento al mandato constitucional en pos de la igualdad real de oportunidades para el acceso a cargos electivos, removiendo de esa forma los obstáculos que permitan una mayor participación de la mujer en los ámbitos de las decisiones políticas".
De acuerdo con esta resolución, que si no es apelada quedará firme y cuya decisión final, de lo contrario, quedará en manos de la Cámara Nacional Electoral, quien deberá asumir en el lugar que dejó vacante Anabella Hers Cabral, en representación de Cambiemos por la Ciudad de Buenos Aires, será Alejandra Caballero, quien en 2015 compitió en el décimo lugar de la lista de postulantes a diputados nacionales.
En esa nómina, encabezada por la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, Hers Cabral había ocupado el séptimo lugar.
Al fundamentar su decisión, la jueza Servini avaló el argumento esgrimido por las dirigentes del Frente Renovador, quienes consideraron que debía aplicarse lo establecido por la Ley 27.412 de Paridad de Género, sancionada en noviembre de 2017, dado que esta norma se encontraba vigente cuando se produjo la renuncia a la banca de la diputada de Cambiemos. (Télam)

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