Autoridades de mesa en Buenos Aires: todo sobre capacitación, viáticos y responsabilidades
Comienzan las capacitaciones presenciales para autoridades de mesa en 135 municipios bonaerenses. Conocé cuánto cobrarán y cuáles son sus funciones.
El próximo jueves 21 de agosto comenzarán las capacitaciones presenciales para las autoridades de mesa designadas en los 135 municipios de la provincia de Buenos Aires, en el marco de las elecciones legislativas provinciales y municipales del 7 de septiembre.
Esta iniciativa cuenta con la participación de 34 instituciones universitarias públicas y privadas, y se extenderá hasta el 5 de septiembre. El objetivo es que las autoridades puedan optar por la modalidad presencial como alternativa o complemento de la capacitación virtual, que también se ofrece.
Durante estas dos semanas se dictarán un total de 264 cursos, algunos en sedes universitarias a cargo de docentes seleccionados por las casas de estudio, y otros en espacios de instituciones públicas provinciales, a cargo del personal de la Secretaría Electoral.
Este programa integral de formación fue implementado por primera vez en 2023 y este año se articula entre el Juzgado Federal N°1 de La Plata, la Cámara Nacional Electoral, la Junta Electoral bonaerense, el Instituto de Capacitación Judicial de la Corte Suprema provincial, el gobierno bonaerense a través del programa “Puentes”, la Dirección General de Cultura y Educación, las universidades nacionales y provinciales con asiento en Buenos Aires, y la Universidad Atlántida.
Funciones y obligaciones de las autoridades de mesa
Las autoridades de mesa son figuras centrales para el correcto desarrollo de la jornada electoral. Su rol comprende desde la recepción del material electoral, la verificación de la identidad de votantes y fiscales, hasta la supervisión del cuarto oscuro y el conteo de votos al cierre.
Para inscribirse en la capacitación presencial, las autoridades designadas deben ingresar al sistema de inscripción oficial, seleccionar la opción “Autoridades de mesa – Provincia de Buenos Aires” y luego elegir “Capacitación presencial” para solicitar turno en su municipio.
Cabe destacar que estas capacitaciones están destinadas para las elecciones provinciales de septiembre, pero se repetirán para las elecciones nacionales del 26 de octubre, cuando se implementará por primera vez la Boleta Única Papel.
Calendario electoral y convocatoria formal
El 8 de agosto venció el plazo para presentar boletas ante la Junta Electoral bonaerense y también para designar autoridades de mesa. Ese día comenzó además la campaña electoral formalmente.
Desde el Juzgado Federal N°1 se enviaron las citaciones para cubrir las mesas, firmadas por el juez Alejo Ramos Padilla. Las notificaciones llegaron por carta a los convocados, quienes tienen la obligación cívica de presentarse, con posibles sanciones económicas para quienes incumplan.
Quienes justifiquen razones de salud, cuidado familiar o pertenencia a servicios esenciales pueden tramitar excusaciones a través de un 0-800 habilitado por la Secretaría Electoral.
Viáticos y remuneración
Según el Decreto N.º 1567/2025, las autoridades de mesa percibirán $40.000 por su labor durante la jornada electoral, y un adicional de $40.000 si completan la capacitación, sumando un total de $80.000. Los delegados electorales, que supervisan el funcionamiento en los locales de votación, recibirán $120.000.
Los pagos serán gestionados por el Ministerio de Gobierno bonaerense y se realizarán vía Banco Provincia, por Cuenta DNI o ventanilla, y estarán disponibles hasta el 31 de diciembre.
Fiscalización y controles partidarios
Los partidos políticos podrán designar un fiscal por mesa, debidamente inscripto en el padrón, además de fiscales generales por establecimiento y circuito, respetando las reglas sobre cantidad permitida.
Durante la jornada electoral, los fiscales podrán acompañar el proceso, tomar fotografías de la documentación y presenciar el escrutinio, siempre respetando la autoridad de mesa y sin interferir.
La nómina definitiva de fiscales debe ser informada a la Junta Electoral antes del 5 de septiembre a las 18 horas, con una antelación mínima de 24 horas respecto del comicio.
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