Legislativas Por: Mariana Portilla27 de diciembre de 2025

Ley de Inocencia Fiscal: las claves de la reforma tributaria

El Senado convirtió en ley el proyecto impulsado por el Gobierno, que introduce cambios en Ganancias, eleva los montos de evasión penal y redefine los controles fiscales. A quiénes alcanza y qué modifica el nuevo régimen.
Inocencia Fiscal: a quiénes alcanza y qué cambia la ley.

El Senado convirtió en ley el proyecto de Inocencia Fiscal, una de las principales reformas tributarias impulsadas por el gobierno de Javier Milei. La iniciativa fue aprobada por 43 votos a favor y 26 en contra, con respaldo de bloques provinciales, la UCR, el PRO y aliados de La Libertad Avanza.

La norma introduce cambios profundos en la relación entre el Estado y los contribuyentes, con impacto directo sobre el Impuesto a las Ganancias, el régimen penal tributario y los controles fiscales, además de abrir la puerta a una mayor formalización de activos no declarados.

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La ley modifica tres marcos normativos centrales: el Régimen Penal Tributario, la Ley de Procedimiento Fiscal y el Código Civil y Comercial, además de crear un Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

El objetivo, de acuerdo al oficialismo, es reducir la presión fiscal y penal sobre contribuyentes considerados de menor riesgo y brindar mayor previsibilidad.

 
A quiénes alcanza el nuevo régimen


La ley crea un régimen opcional destinado a personas humanas y sucesiones indivisas que cumplan con determinados límites patrimoniales y de ingresos.

-El tope patrimonial para adherir es de hasta $10.000 millones.

-ARCA confeccionará la declaración jurada en base a la información disponible.

-Si el contribuyente acepta y paga en término, queda liberado de otras obligaciones formales.

Según el Gobierno, quienes ingresen al sistema quedarán “blindados” frente a futuras revisiones patrimoniales.

 Bullrich, Abdala y Atauche, senadores de La Libertad Avanza. 


Menos controles sobre el patrimonio

Uno de los puntos más relevantes es que los adherentes:

-No deberán informar variaciones patrimoniales.

-No estarán sujetos a controles por consumos.

-Solo tributarán Ganancias sobre los ingresos facturados, descontando consumos deducibles.

Esto reduce el riesgo de inspecciones por incrementos patrimoniales no justificados, un punto clave para quienes mantienen ahorros fuera del sistema formal.

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Cambios en evasión y régimen penal tributario


La ley actualiza los umbrales que determinan cuándo una falta pasa de administrativa a penal:

-Evasión simple: el piso sube de $1,5 millones a $100 millones.

-Evasión agravada: pasa de $15 millones a $1.000 millones.

Estos valores se actualizarán anualmente desde 2027 según la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA).

 
La reforma también introduce cambios en los plazos: la prescripción general de obligaciones tributarias se reduce de cinco a tres años para contribuyentes cumplidores; si prescriben las facultades del fisco para exigir un tributo, también se extingue la acción penal; y ARCA no iniciará acciones penales si el contribuyente cancela la deuda y los intereses, beneficio que solo puede usarse una vez.

Si la denuncia aún no fue radicada, la acción penal se extingue pagando la deuda más un adicional del 50% dentro de los 30 días hábiles desde la notificación.

 
Multas y sanciones: alivio y endurecimiento

Aunque la ley flexibiliza controles, también introduce ajustes:

-Reducción de hasta el 90% de multas administrativas para personas humanas y pymes en determinados casos.

-Aumento de las sanciones económicas por presentar declaraciones juradas fuera de término.
 
Por otro lado, si bien el texto no crea un blanqueo de capitales formal, la ley reduce el riesgo de persecución fiscal por incrementos patrimoniales, lo que en los hechos facilita la formalización de activos no declarados.

Desde el oficialismo sostienen que el esquema apunta a reconstruir la confianza entre el contribuyente y el fisco, dejando atrás una lógica presuntiva de evasión.

 

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