Los Martilleros apuntaron contra la ley de inquilinos y advierten sobre los costos

Los Martilleros apuntan a los cambios en la legislación que regula alquileres y advierten un aumento de precios si se aprueba la norma.

Legislativas30 de julio de 2018 Redaccion GLP
Luego que desde Cambiemos elevaran un proyecto para modificar las condiciones en los alquileres de la Provincia, desde el Colegio de Martilleros de la Provincia lanzaron una advertencia sobre el impacto de la iniciativa.

Es que para los Martilleros, de sancionarse la ley, los costos de los inmuebles aumentarán y habrá un perjuicio sobre el inquilino.

Además, desde la Cámara Inmobiliaria de la provincia de Buenos Aires expresaron su oposición a la iniciativa y dijeron que distorsiona las reglas del mercado y al "poner el acento en los honorarios de los corredores inmobiliarios puede llevarnos al error de simplificar la situación y alejarnos de las soluciones de fondo".

El proyecto estipula que en las locaciones de inmuebles no podrán cobrarse comisiones inmobiliarias u honorarios por la intermediación o corretaje. La prohibición se extiende a los honorarios por administración de dichas locaciones. Tampoco podrá requerirse a los inquilinos los costos de gestoría de informes a los organismos oficiales sobre las condiciones de dominio, gravámenes e inhibición.
"Poner el acento en los honorarios de los corredores inmobiliarios puede llevarnos al error de simplificar la situación y alejarnos de las soluciones de fondo" reclamaron los Martilleros

"Ya hemos expuesto ante legisladores los fundamentos de esta realidad que sólo generará incrementos en los costos de los alquileres y reflejará una merma en los desarrollos constructivos de unidades habitacionales con fines de renta", advirtió Juan Carlos Donsanto, titular del Colegio de Martilleros bonaerenses.

La ley que autoriza el cobro de gastos a las inmobiliarias es la 10.973, de 1991, que establece en su artículo 54, que en los alquileres el importe de honorarios a pagar es el 2% del valor del contrato a cada parte, pudiendo una de ellas asumir el monto total.

Para más información, visite INICIO.

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