Es ley la suspensión de desalojos en villas y asentamientos

Luego de casi dos meses después de su discusión en el recinto, el gobierno oficializó la reforma en la ley de acceso justo al habitat.

Legislativas04 de octubre de 2017 Redaccion GLP
Boletín Oficial.

En su publicación en el Boletín Oficial, el gobierno oficializó la sanción de la prórroga de la suspensión de desalojos a villas y asentamientos, sancionada en agosto en la legislatura y aprobada con el consenso de todos los bloques.

Se trata de una modificación a la Ley de Acceso Justo al Hábitat a partir de la cual se interrumpen, por el lapso de un año, las medidas judiciales o administrativas que impliquen los “lanzamientos” de familias que residen en dichos ámbitos inscriptos en el Registro Público.

El proyecto resultó de una iniciativa de la candidata a diputada nacional, Mónica Macha, acusando un crisis en la situación habitacional de la provincia, "esta ley viene a garantizar el derecho a la vivienda y a crear un marco legal, una protección concreta, para las familias más vulneradas”, había señalado la legisladora al respecto" remarcó la senadora del FpV PJ.

“Quedan suspendidas por el plazo de un año las medidas judiciales o administrativas que impliquen el lanzamiento de las personas y/o familias que habitan en las villas o asentamientos precarios inscriptos en el Registro Público de Villas y Asentamiento creado por el artículo 28 de la presente Ley” remarca el artículo modificado.

Mientras que queda establecido que “para aquellos casos en los cuales ya exista una resolución que ordene el lanzamiento, se hará efectiva a partir de la promulgación de la presente Ley. Cumplido el plazo de un año desde la suspensión del desalojo, a pedido de los interesados y/o de la Autoridad de Aplicación, el Juez podrá ordenar la prórroga del plazo por 180 días más mediante resolución fundada”.

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