Quedaron firmes los sobreseimientos por el viaje a Lago Escondido

Los fiscales que sucedieron al difunto Federico Delgado no apelaron la medida dictada por el juez Sebastián Ramos, y los jueces quedaron libres de cargos.

Política14 de febrero de 2024Con información de Agencia de NoticiasCon información de Agencia de Noticias
Todos los acusados quedaron libres de culpa y cargo
Todos los acusados quedaron libres de culpa y cargo.

El sobreseimiento dictado a fines del año pasado a favor de los jueces, fiscales, ex funcionarios porteños y agentes de inteligencia que viajaron al Lago Escondido por una supuesta invitación de un grupo empresario quedó firme y con fuerza de “cosa juzgada”.

Así lo revelaron fuentes judiciales, que precisaron que la nulidad de la causa y el consecuente sobreseimiento dispuesto por el juez Sebastián Ramos fue consentido por la fiscalía y, por ende, ya no tiene instancia posible de revisión.

La Cámara Federal había rechazado como querellante al abogado que formuló la denuncia por el viaje, realizado en octubre de 2022, por los jueces Julián Ercolini, Carlos Mahiques, Pablo Yadarola y Pablo Cayssials; por el fiscal general porteño Juan Bautista Mahiques y el ex ministro de Seguridad de CABA Marcelo D’Alessandro, entre otros.

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El abogado Marcelo Hertzriken Velasco fue rechazado como querellante aplicando un criterio diametralmente distinto al que utilizó la misma Cámara en otros casos, por ejemplo para la reapertura de la Causa Memorando con Irán, en la que aceptó como querella a una asociación civil que nunca había sido parte del expediente en diez años de tramitación.

La investigación sobre el viaje al Lago Escondido, a la estancia del magnate británico Joe Lewis, fue impulsado por el fiscal Federico Delgado, quien murió víctima de cáncer en agosto del año pasado.

Su fiscalía fue subrogada por el fiscal Carlos Rívolo, quien a poco de asumir se excusó de intervenir en el expediente del Lago Escondido.

Poco antes de la feria judicial, el juez Ramos declaró la nulidad de todo lo actuado argumentando que “existió una actividad de seguimiento irregular que contó con la intervención de una Fuerza de Seguridad y otros organismos del Estado, y que las intromisiones injustificadas que formaron parte de ese accionar ilegal derivaron en la vulneración del derecho a la privacidad de quienes han sido denunciados“.

No sólo eso: el juez entendió que ”no existen indicios de la comisión de un delito ni prueba alguna que permita dar apoyatura a dicha hipótesis y, por el contrario, se trata de acciones que deben quedar exclusivamente reservadas al ámbito de privacidad de los individuos".

La única posibilidad de que la causa continuara estaba en manos del nuevo fiscal, Ramiro González, quien resolvió no apelar la nulidad ni el sobreseimiento.

Al no haber querella y tras el consentimiento de la fiscalía, el sobreseimiento quedó firme tras el vencimiento de los plazos procesales para la apelación, lo que ocurrió tras la feria judicial de enero.

NA

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