Revés para Cristina Kirchner: Casación confirmó el decomiso en la causa Vialidad
La Cámara Federal de Casación Penal ratificó que el Tribunal Oral Federal 2 será el encargado de ejecutar el decomiso millonario contra la ex Presidenta. Los jueces rechazaron los recursos de las defensas y reafirmaron la naturaleza penal de la medida.
Argentina25 de octubre de 2025
Mariana Portilla
La sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió que el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) continuará al frente de la ejecución del decomiso dispuesto en la causa Vialidad, que afecta tanto a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner como al empresario Lázaro Báez.
El fallo, firmado por los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, rechazó los recursos presentados por las defensas, que cuestionaban la competencia del TOF 2 para ejecutar la medida sobre bienes y activos de los condenados.
La sentencia confirmó que la medida alcanza a un total de 684.990.350.139,86 pesos, actualizado hasta la fecha, y que todos los condenados deberán cumplirla de manera solidaria.
En su resolución, la Cámara subrayó que el decomiso no solo se aplica sobre bienes utilizados para cometer delitos, sino también sobre ganancias y activos derivados de la maniobra criminal, con el objetivo de recuperar fondos y desalentar la impunidad.
El juez Hornos destacó que “el decomiso de tales activos se erige como una herramienta indispensable para recuperar lo sustraído, neutralizar las ventajas económicas obtenidas a partir de estas prácticas, evitar la impunidad y desalentar la reiteración de hechos de similar naturaleza”.

Argumentos de las defensas
Los abogados de Fernández de Kirchner, Carlos Beraldi y Ariel Llernovoy, habían sostenido que la ejecución del decomiso implicaba un mecanismo resarcitorio ajeno al proceso penal, afectando garantías constitucionales como el derecho de propiedad y el principio de culpabilidad.
Asimismo, alegaron litispendencia, argumentando que la tramitación paralela con otras causas podría generar duplicidad sancionatoria, violando el principio de “ne bis in ídem”.
Por su parte, la defensa de Báez señaló que la unificación de condenas dictada por el TOF 4 absorbía todas las consecuencias jurídicas, incluyendo los decomisos, y que la intervención del TOF 2 sería improcedente.
La postura del Ministerio Público Fiscal
El fiscal general Mario Villar defendió la competencia del TOF 2 y aclaró que “el decomiso no es una pena ni una medida de seguridad, sino una consecuencia jurídica autónoma destinada a eliminar los beneficios patrimoniales obtenidos ilícitamente”.
Villar también descartó cualquier riesgo de duplicidad sancionatoria, explicando que los decomisos en distintas causas corresponden a hechos y objetos procesales independientes, con consecuencias patrimoniales distintas.
El empresario Lázaro Báez.
La Cámara de Casación rechazó los planteos de las defensas sobre los límites temporales del decomiso. La medida se extiende desde mayo de 2003 hasta diciembre de 2015. El tribunal destacó que solo los bienes incorporados al patrimonio de los condenados durante ese lapso pueden vincularse legítimamente con la maniobra criminal juzgada, asegurando la precisión y legalidad del decomiso.
El fallo representa un nuevo revés judicial para Cristina Fernández de Kirchner, quien cumple prisión domiciliaria por administración fraudulenta en esta causa. Por su parte, Báez mantiene una condena unificada de 15 años de prisión en las causas Vialidad y “Ruta del dinero”.

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