JUZGARÁN A CRISTINA FERNÁNDEZ Y SUS HIJOS POR LA CAUSA LOS SAUCES

Así lo ratificó la Cámara Federal de Casación Penal tras rechazar el pedido de recusación que realizó la defensa de Florencia Kirchner.

Política 08 de noviembre de 2019 Agencia Télam
La Cámara Federal de Casación Penal reafirmó ante el Tribunal Oral Federal, que juzgará a la ex presidenta Cristina Kirchner y a sus hijos, Máximo y Florencia Kirchner, en el marco de la causa por lavado de dinero conocida como "Los Sauces". La Sala I no aceptó un planteo de Carlos Beraldi, abogado de Florencia Kirchner, quien había recusado a los jueces Adriana Palliotti y Daniel Obligado, integrantes del Tribunal Oral Federal 5, por "temor de parcialidad". Los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Petrone, con la disconformidad de Ana María Figueroa, consideraron que el planteo de la defensa "no ha invocado ni ha logrado demostrar ninguna circunstancia objetiva que permita sustentar -aún por vía de hipótesis- un temor de parcialidad fundado, que permita justificar el apartamiento solicitado".
JUZGARÁN A CRISTINA FERNÁNDEZ Y SUS HIJOS POR LA CAUSA LOS SAUCES
En su planteo, el letrado recusó por la filtración a la prensa del delicado estado de salud de Florencia Kirchner, quien aún permanece en Cuba, donde realiza un tratamiento médico autorizado por la Justicia. "Estando en presencia de una cuestión controvertida, en la que los jueces recusados han negado su participación en la difusión de la información relativa al estado de salud de Florencia Kirchner, y en la que no se cuentan a la fecha con otros elementos que permitan poner en crisis dicha afirmación, resulta razonable la conclusión que derivó en el rechazo del planteo defensista y, en consecuencia, de la causal de apartamiento alegada", argumentaron los jueces. Por su parte, la jueza Ana María Figueroa advirtió que "es preciso que no exista apariencia de parcialidad, ya que lo que se encuentra en juego es la confianza de los ciudadanos en los tribunales de una sociedad democrática".

En función de ello, entendió que hay motivos para considerar "el temor de parcialidad que la parte ha motivado sobre el modo en que los señores jueces dirigieron el proceso".

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