Es oficial: el Gobierno desregula el servicio de rampas en aeropuertos

El Ejecutivo oficializó la normativa que permite a múltiples operadores ofrecer servicios de rampa en los aeropuertos argentinos, finalizando con el control exclusivo de Intercargo.

Argentina08 de noviembre de 2024Andrés MonteroAndrés Montero
Desregulación en el servicio de rampas termina el control exclusivo de Intercargo
Desregulación en el servicio de rampas: termina el control exclusivo de Intercargo.

Tras el paro que afectó a miles de pasajeros en Aeroparque, y tal como se anunció oficialmente, el Gobierno nacional avanzó en la desregulación el servicio de rampas en aeropuertos de todo el país, quitándole así el monopolio a la empresa estatal Intercargo.

La resolución

Mediante la Resolución 49/2024 de la secretaría de Transporte, publicada en el Boletín Oficial, se aprobó el “Proceso de otorgamiento de las autorizaciones aerocomerciales de servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general”, al tiempo que se dispuso “que toda autorización para explotar servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general tendrá una duración de 15 (quince) años, desde su emisión y deberá ser renovada automáticamente si se cumpliesen los estándares de seguridad operacional”.

En tanto, establece que "todo explotador de un aeródromo, siempre que se garantice la factibilidad operativa conforme su Manual de Aeródromo y cumplidos los estándares de seguridad operacional, deberá autorizar toda base de operaciones y escalas solicitada por los explotadores de los servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general".

En el documento firmado por el secretario de Transporte, Franco Mogetta, se indica que “En aquellos aeródromos donde la demanda de prestadores supere la oferta de espacios y recursos aeroportuarios disponibles, la autoridad de aplicación aprobará el método de asignación de los mismos preservando los criterios de la sana competencia”.

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Además, la nueva normativa permite "que los explotadores de servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general, puedan negociar libremente sus permisos y habilitaciones entre sí, respetando las condiciones de seguridad, las regulaciones técnicas aeronáuticas y comunicando a las autoridades competentes cuando dicha negociación importe la creación o extinción de un derecho".

En este sentido, la resolución instruye "a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) a derogar toda resolución o acto administrativo que establezca cuadros tarifarios relativos a cualquier tipo de servicios aeroportuarios operacionales o de rampa en general, en pos de efectivizar la desregulación tarifaria y la libertad en la determinación de precios".

De esta forma, “cualquier persona física o jurídica podrá prestar los servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general”. "El rol del operador aeroportuario y del transportista aéreo resultan esenciales para el éxito y la agilidad del sistema".

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