Trenque Lauquen lanza “Mi Lote”: 90 terrenos con precios accesibles para construir viviendas
Andrés Montero
El Municipio dispondrá para la ejecución del Programa un total de 90 terrenos ubicados en todo el distrito de Trenque Lauquen: 56 en la Ampliación Urbana, 28 en 30 de Agosto, 4 en Beruti y 2 en Garré, donde los futuros adjudicatarios deberán construir sus viviendas, tal como lo establece el proyecto de Ordenanza.
El Programa Municipal “MI LOTE” busca dar respuesta a una necesidad concreta y urgente de la comunidad, atendiendo a la demanda de familias y personas que, pese a contar con ingresos estables, no logran acceder al mercado formal de tierras por los altos costos inmobiliarios.
En el proyecto de Ordenanza, que fue enviado para el tratamiento de todos los bloques que conforman el Honorable Concejo Deliberante, se dispone que el precio de los terrenos del Programa Municipal “MI LOTE” está previsto por debajo del valor actual que ofrece el mercado inmobiliario de Trenque Lauquen, estipulándose que “no podrá ser inferior a cuarenta (40) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, ni superior a cincuenta (50) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, vigentes al momento de la firma del boleto de compraventa, y de acuerdo a las dimensiones de cada lote en particular”.
El futuro adjudicatario podrá pagar de contado el total del valor del lote o financiado mediante un anticipo equivalente al 30% del valor del terreno y el saldo restante en 28 cuotas mensuales y consecutivas, que serán ajustadas trimestralmente mediante la aplicación del Coeficiente de Variación Salarial que publica el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). En este caso, el adjudicatario deberá presentar un fiador “quien se constituirá en deudor solidario, debiendo además denunciar un inmueble de su propiedad como garantía real del cumplimiento del pago del saldo del precio”, según indica el texto enviado por el Departamento Ejecutivo al HCD.
Los fondos recaudados por la venta de los terrenos se afectarán al Fondo Municipal de Tierras para dar sostenibilidad al Programa a futuro.
La iniciativa del Municipio también dispone que “el adjudicatario estará obligado a dar inicio a la construcción de su vivienda dentro del plazo máximo de tres (3) años contados desde la firma del boleto de compraventa, y deberá finalizarla dentro del plazo máximo de cinco (5) años a partir de la misma fecha”.
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN
Para ingresar al Programa “MI LOTE”, el Municipio creará el Registro de Postulantes cuya inscripción será pública y gratuita, y se realizará exclusivamente en modalidad online, a través del sitio web oficial de la Municipalidad de Trenque Lauquen, mediante un formulario electrónico con carácter de Declaración Jurada, según se contempla en el proyecto ingresado al HCD.
El texto de la iniciativa establece que los postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1) Que sean personas físicas mayores de edad.
2) Que no sean propietarios y/o poseedores a título de dueño de inmueble a nombre del peticionante o cualquier persona del grupo familiar, no considerándose a estos efectos el condominio de partes indivisas de la mitad o menos sobre otras parcelas, ni la titularidad de otros derechos reales, excluido el usufructo vitalicio y gratuito.
3) Que al momento de la petición del terreno no sean adjudicatarios de unidades habitacionales en planes de públicos de inmuebles.
4) Que demuestre cinco (5) años de residencia en el ámbito del distrito o haya residido en el mismo los últimos tres (3) años inmediatos anteriores a la fecha de la inscripción
5) Que puedan acreditar capacidad económica suficiente para afrontar el pago del lote y construcción de la vivienda, sea con recursos propios o con posibilidad de acceso a financiamiento formal
Además, si los postulantes superan los lotes disponibles, se realizará un sorteo público con presencia de Escribano, designándose titulares y suplentes.
Por su parte, el proyecto de Ordenanza consigna que “a fin de garantizar una distribución equitativa y diversa de los lotes, se establece un cupo mínimo del diez por ciento (10%) de las tierras disponibles para ser adjudicados a personas solas, sin grupo familiar conviviente, que cumplan con el resto de los requisitos establecidos por la presente Ordenanza”.
La iniciativa del Departamento Ejecutivo, que los bloques que integran el Honorable Concejo Deliberante tienen para su tratamiento, apunta a sostener una política pública de desarrollo urbano inclusivo y equitativo, orientada a garantizar el derecho constitucional a una vivienda digna.

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