Boletas electorales: los requisitos que exige la Junta bonaerense
Plazos estrictos, normas claras y control presencial: cómo deben presentar las fuerzas políticas sus boletas para competir en los comicios provinciales.
La Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires abrió formalmente el proceso de recepción de modelos de boletas partidarias de cara a las elecciones del próximo 7 de septiembre. La medida, respaldada en la ley 5.109, sus modificaciones y resoluciones técnicas vigentes, marca un paso clave dentro del cronograma electoral y establece parámetros estrictos tanto de diseño como de presentación para garantizar la transparencia, la legalidad del proceso y la claridad de la oferta electoral.
Según lo resuelto, las agrupaciones políticas tienen plazo hasta el viernes 8 de agosto a las 16 horas para presentar los modelos definitivos de sus boletas impresas. Esta instancia, que requiere entrega presencial ante la Secretaría Electoral del Juzgado Federal N°1 de La Plata, es obligatoria para que las boletas puedan ser oficializadas y utilizadas válidamente en los cuartos oscuros.
Dónde, cuándo y cómo presentar las boletas
La presentación de los modelos se realiza en la sede ubicada en calle 8 N° 925 entre 50 y 51, en la ciudad de La Plata, de lunes a viernes de 8 a 16 hs. Para agilizar el trámite y evitar aglomeraciones, los apoderados partidarios podrán solicitar turno previo escribiendo al correo jflaplata1.secelectoral.mesa@pjn.gov.ar.
Cada modelo deberá estar acompañado por un escrito firmado por el apoderado de la agrupación, donde consten sus datos personales, el detalle de las boletas presentadas y las categorías, secciones y distritos que abarcan. También deberán entregarse cinco copias por cada distrito donde la fuerza compita, dentro de envoltorios plásticos transparentes.
Los modelos quedarán sujetos a verificación posterior para constatar su correspondencia con lo declarado en la presentación, y su aprobación definitiva dependerá del cumplimiento integral de los requisitos establecidos.
Cómo deben ser las boletas
La Junta Electoral también publicó las especificaciones técnicas obligatorias que deberán cumplir las boletas partidarias. De acuerdo con la normativa vigente, deben incluir claramente la nómina de candidatos con nombre y apellido, el emblema y nombre del partido, la especificación de la elección y el motivo de la convocatoria.
Las categorías deberán seguir un orden fijo: Senadores o Diputados provinciales según la sección, y finalmente Concejales y Consejeros Escolares.
En cuanto al formato físico, las boletas se imprimirán en papel obra de 60 gramos (o equivalente), en idioma nacional, con fondo del color asignado a cada partido, reverso blanco y tipografía en negro, blanco o del color correspondiente al fondo. El color elegido debe ser previamente reservado hasta 50 días antes de la elección, y se requiere una certificación de imprenta que garantice que corresponde al código Pantone declarado.
También se habilita la inclusión de fotografías de los dos primeros candidatos, únicamente en el tercio central de la boleta, y se prohíbe su uso como fondo o marca de agua. El tamaño por cuerpo debe ser de 12 x 19 cm, con líneas punteadas que indiquen los cortes entre secciones.
Lo que está en juego
Según datos oficiales, 14.376.592 bonaerenses están habilitados para votar en estas elecciones, donde se renovarán 46 bancas de diputados, 23 de senadores, 1.097 concejales y 401 consejeros escolares, distribuidos en 41.189 mesas en toda la provincia.
Por eso, el cumplimiento de los requisitos formales y técnicos no es un mero trámite: es el paso decisivo para garantizar que las boletas lleguen a tiempo a cada rincón del territorio y que la voluntad del votante pueda expresarse con claridad y sin confusión.
La resolución fue comunicada oficialmente a todas las fuerzas reconocidas o en trámite de reconocimiento, publicada en el Boletín Oficial y en la web de la Junta Electoral, como parte del compromiso institucional por la transparencia del proceso.
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