Política Por: Pamela Orellana14 de abril de 2026

Kicillof encuentra en la Corte un aliado para avanzar con la regulación del trabajo digital

El respaldo judicial a las multas contra Rappi valida las inspecciones y sanciones sobre plataformas digitales. El fallo fortalece la postura bonaerense frente a la reforma laboral nacional y empuja el debate legislativo para garantizar derechos, control estatal y mejores condiciones para los repartidores.
Trabajadores de plataformas digitales - repartidores apps

El reciente fallo de la Suprema Corte bonaerense que dejó firme una multa millonaria contra Rappi no sólo resolvió un expediente puntual: terminó de consolidar una línea política y jurídica que el gobierno de Axel Kicillof viene sosteniendo desde el inicio de su gestión frente al crecimiento de las plataformas digitales.

La decisión judicial fue leída en La Plata como un aval explícito al esquema de fiscalización laboral que impulsa el Ministerio de Trabajo, en un contexto nacional atravesado por reformas que, desde la Provincia, cuestionan abiertamente.

El máximo tribunal rechazó los recursos presentados por la empresa y confirmó la sanción aplicada tras inspecciones que detectaron incumplimientos laborales. En su resolución, los jueces remarcaron que no hubo fallas en el procedimiento administrativo, validaron el valor probatorio de las actas y señalaron que la firma no logró desvirtuar las infracciones. 

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“El interesado se centra en reproducir lo dicho en la instancia de grado, ignorando los fundamentos del pronunciamiento”, apuntaron.

La Corte también fue tajante sobre la debilidad técnica del recurso extraordinario: “No se indicaron con claridad las normas legales infringidas ni se precisó en qué consistía su violación”. Con ese encuadre, dejó firme una multa superior a los 16 millones de pesos y ratificó que las sanciones aplicadas por la autoridad laboral son “legales, proporcionales y no confiscatorias”.

Poder de policía y disputa con Nación

Uno de los aspectos más sensibles del fallo es la validación de las facultades del Ministerio de Trabajo bonaerense para interpretar normas y determinar la existencia de relaciones laborales en el marco de inspecciones. La Corte rechazó así el planteo de Rappi que buscaba limitar esa atribución al ámbito judicial.

Gobernador Axel Kicillof junto al ministro de Trabajo Walter Correa

Desde la cartera que conduce Walter Correa salieron rápidamente a capitalizar la resolución. A través de un comunicado, destacaron que los pronunciamientos representan un “fuerte respaldo” al poder de policía del organismo y a su capacidad para intervenir en un terreno donde las empresas suelen escudarse en esquemas de contratación no tradicionales.

El texto oficial fue más allá del expediente y lo inscribió en la disputa abierta con el gobierno nacional. “Estos pronunciamientos representan un fuerte respaldo al Poder de Policía del Ministerio y a su facultad de interpretar normas jurídicas (...) en momentos en que las autonomías provinciales son cuestionadas de modo flagrante por el gobierno nacional”, señalaron.

En esa línea, remarcaron que en la provincia “aún rigen los artículos 14 bis y 121 de la Constitución Nacional y el artículo 39 de la Constitución Provincial”, en una clara diferenciación con el rumbo que impulsa la administración de Javier Milei en materia laboral.

Inspecciones, antecedentes y proyecto de ley

El caso Rappi no aparece aislado. La decisión de la Corte se inscribe en una serie de fallos previos que ya habían convalidado sanciones contra plataformas de reparto, consolidando un criterio que ahora adquiere mayor peso institucional.

Las multas tienen su origen en un operativo realizado en 2020 sobre 172 trabajadores en distritos como La Plata, San Isidro, Vicente López, Avellaneda, Lanús, Lomas de Zamora, Quilmes y La Matanza. Allí se detectaron irregularidades masivas: más del 97% de los repartidores relevados no contaban con cobertura en salud laboral, aguinaldo ni vacaciones.

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Aunque el tribunal evitó pronunciarse de manera categórica sobre la naturaleza del vínculo laboral, en la práctica dejó firme el encuadre aplicado en instancias anteriores, basado en la presunción del artículo 23 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Ese andamiaje judicial dialoga directamente con el proyecto de ley que el Ejecutivo bonaerense envió a la Legislatura en marzo. La iniciativa apunta a regular de manera específica el trabajo en plataformas digitales, con eje en la registración, la seguridad y la intervención estatal.

El propio Kicillof lo sintetizó en la apertura de sesiones: “Mientras a nivel nacional se los excluye del marco general de derechos, nosotros proponemos lo contrario: inclusión, reconocimiento y reglas claras”.

El Ministerio de Trabajo busca regular el empleo en plataformas digitales

Correa, por su parte, planteó que los trabajadores de apps “han sido completamente excluidos en esta pseudomodernización laboral que ha convertido en ley el Gobierno nacional” y defendió la necesidad de “ordenar y proteger el trabajo en plataformas digitales en la Provincia de Buenos Aires”.

El proyecto contempla desde la creación de un registro de plataformas con control estatal sobre los algoritmos hasta la implementación de seguros obligatorios por accidentes, además de una aplicación con botón de pánico y emergencias para repartidores. También prevé paradores con acceso a servicios básicos y refuerza las inspecciones en las denominadas “tiendas invisibles”.

Correa calificó como fundamental “transparentar el registro de las plataformas, con una participación del Estado para verificar los algoritmos”, al tiempo que dejó abierta la discusión sobre un piso salarial: “Eso puede ocurrir, siempre y cuando estos proyectos que se mandan a la Legislatura se traten, se discutan y debatan”.

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