Las cooperativas eléctricas deberán modificar sus facturas

Fue mediante una resolución que se publicó en el Boletín Oficial, con el fin de que se ajusten lso métodos de facturación para diferenciar los conceptos en las boletas.

Economía21 de noviembre de 2018 Redaccion GLP
Con la publicación en el Boletín Oficial de la resolución que indica que las cooperativas electricas de todo el país deben modificar sus facturas en un plazo de 30 días, diferenciando el consumo del resto de los importes por gravamenes, el Gobierno oficializó su control sobre lo que se cobra en materia energética.

"Las cooperativas prestadoras del servicio público de distribución de energía eléctrica deben facturar tal servicio de forma autónoma e independiente de otros conceptos ajenos", sostiene la resolución 3442/2018 que emitió el Inaes, el ente regulador del régimen legal de las coopetativas, que fue quienes elevaron el reclamo al Gobierno para que tomara cartas en el asunto.

"Es conveniente entonces arbitrar mecanismos para asgeurar que las cooperativas diferencien materialmente en su facturación todos los rubros o conceptos adicionales no vinculados directamente con el servicio público que brindan", sostiene la normativa.

Cabe destacar que hasta el propio presidente Mauricio Macri se hizo eco de esta iniciativa, y celebró en su Twitter, en el que contó que fue a raíz de un reclamo de un vecino en una visita presidencial que tomó cartas en el asunto.





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