¿De qué se trata la “Ley Santiago Caputo” presentada en Diputados?

El proyecto impulsado por diputados socialistas apunta a colaboradores presidenciales clave y propone cambios en la Ley de Ética Pública. ¿Qué implicaría esta nueva normativa?

Legislativas29 de octubre de 2024Andrés MonteroAndrés Montero
Santiago Caputo 1
Santiago Caputo.

Los diputados nacionales socialistas de Encuentro Federal, Esteban Paulón y Mónica Fein, impulsan un proyecto de ley con el fin de obligar a los asesores presidenciales a presentar declaraciones juradas de su patrimonio, en línea con lo que estipula la Ley de Ética Pública para otros funcionarios públicos.

Caputo, en la mira de la normativa propuesta

Esta propuesta apunta a colaboradores como Santiago Caputo, figura de gran influencia en el entorno del presidente Javier Milei. Caputo ha ganado protagonismo en la toma de decisiones en áreas clave como la Justicia, los servicios de Inteligencia, empresas públicas, telecomunicaciones y organismos de recaudación fiscal, pero actualmente no está sujeto a los controles habituales de otros funcionarios del Ejecutivo.

Obligación para todo tipo de contratación y remuneración

La iniciativa presentada por Paulón y Fein establece que todos los funcionarios deberán presentar declaración jurada de bienes, independientemente de su tipo de contratación o remuneración. La finalidad es elevar los estándares de transparencia para evitar prácticas corruptas y posibles conflictos de intereses.

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Declaración jurada obligatoria para colaboradores influyentes

“La Oficina Anticorrupción sigue sin modificar su interpretación de la ley, y es fundamental que asesores con responsabilidades tan altas presenten una declaración jurada obligatoria, sin importar si sus cargos son remunerados o no”, destacaron los diputados en los fundamentos del proyecto. “No podemos permitir que personas con estas responsabilidades estén exentas de rendir cuentas sobre su patrimonio antes, durante y después de su función pública”, remarcaron.

Modificaciones a la Ley de Ética Pública

El proyecto propone incorporar dos párrafos al artículo 1 de la Ley 25.188 de Ética Pública, que especifican que la “Alta Dirección Pública” comprende funciones delegadas por el presidente y otros cargos del Poder Ejecutivo en funcionarios de menor rango, así como en asesores o consultores contratados. Además, estipula que cuando estos asesores actúen sobre competencias delegadas directamente del presidente, deberán cumplir con las mismas obligaciones de transparencia y gestión de intereses que este, incluyendo controles del Congreso sobre los actos de gobierno delegados.

Extensión del control patrimonial a asesores bien remunerados

Asimismo, se añade una modificación al artículo 5, extendiendo la obligación de presentación de declaración patrimonial a “todos los funcionarios con cargos de Alta Dirección Pública y/o con remuneraciones iguales o mayores a 1.500 Unidades Retributivas de Servicios del Sistema Nacional de Empleo Público”, sin importar su modalidad de contratación.

Fortalecimiento de la democracia y del control público

Los legisladores remarcaron que estas modificaciones buscan fortalecer el sistema democrático y asegurar un escrutinio permanente sobre los funcionarios de alta influencia, en beneficio del control y la transparencia de los actos de gobierno.

 

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