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La Organización Panamericana de la Salud (OPS) manifestó hoy que ciertas modificaciones propuestas por el proyecto de ley "Bases y principios para la libertad de los argentinos" en materia de salud mental podrían "contravenir estándares internacionales de derechos humanos".
Argentina19 de enero de 2024El pronunciamiento se da en respuesta a una consulta realizada por el diputado Esteban Paulón, del Partido Socialista de la provincia de Santa Fe, remitida el pasado 8 de enero en relación con la Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657.
Frente a los posibles cambios sugeridos a la norma, la OPS expresó que "ciertas modificaciones podrían exacerbar las dificultades ya existentes en la implementación efectiva y contravenir estándares internacionales de derechos humanos".
En ese sentido, advirtió que la modificación del artículo 5, al permitir que un juez pueda decidir la internación sin evaluación previa del equipo interdisciplinario de salud, "facilita internaciones involuntarias sin sustento científico/sanitario" y "contradice el artículo 12 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), sobre igual reconocimiento como persona ante la ley".
Por su parte, la modificación del artículo 11, "reduce el foco en el abordaje comunitario y habilita comunidades terapéuticas, limitando el modelo comunitario de atención y contradiciendo el artículo 19 de la CDPD sobre el derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad", advierten desde la OPS.
Sobre la modificación propuesta del artículo 20, señaló que "amplía las causales para la internación involuntaria y establece que se requiere la firma de un solo profesional, en lugar de al menos dos, como es en la actual ley, para solicitar o continuar un tratamiento involuntario".
Dicha modificación "impacta en mayor medicalización, judicialización e institucionalización, contradiciendo los artículos 14 y 25 de la CDPD sobre derechos a la libertad, integridad personal y consentimiento informado".
A su vez, la propuesta para el artículo 22, al eliminar la posibilidad de que el defensor solicite la externación, "tiende a perpetuar internaciones prolongadas y limita el derecho de defensa de los usuarios".
Como la modificación del artículo 23 que "facilita la extensión de la internación involuntaria y restringe la libertad de circulación de las personas internadas y contradice el artículo 14 de la CDPD sobre derecho a la libertad y seguridad personal".
Asimismo, el artículo 27 que eliminaría la prohibición de crear nuevos monovalentes, "frenando el proceso de reforma hacia un modelo comunitario de salud mental" contradice el principio de progresividad y no regresividad del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), según el organismo.
Otro de los cuestionamientos, sostiene que la modificación del artículo 28 que habilitaría las internaciones en monovalentes y desplaza aquellas en hospitales generales, "contradice los artículos 19 y 25 de la CDPD, sobre derechos a vivir de forma independiente, a la salud y a la habilitación y rehabilitación".
Por último, sobre el artículo 36 alertó que "cambia la composición del Órgano de Revisión, excluyendo la representación de usuarios, familiares y sociedad civil, desdibujando su función de control y protección de derechos".
Al finalizar, la OPS, al igual que la Organización Mundial para la Salud (OMS), reiteró su compromiso con Argentina para alcanzar sus metas en la promoción, mantenimiento y cuidado de la salud mental de la población, poniendo en disposición "para brindar la cooperación técnica necesaria con miras a implementar efectivamente los estándares de la legislación vigente".
El documento fue elaborado de manera conjunta por los responsables técnicos de la Organización Mundial de la Salud en Ginebra, Suiza; la OPS, Oficina Regional de la OMS para las Américas, en Washington, D.C., y la oficina de país de la OPS/OMS en la Argentina. TELAM

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