
La Justicia laboral frenó el decreto que anulaba el feriado estatal
Juan Manuel Villarreal


Un día después de que el Gobierno nacional publicara el DNU 430/2025 que eliminaba el feriado del 27 de junio para los empleados públicos nacionales, la Justicia laboral intervino y dictó una medida cautelar que suspende provisoriamente los efectos del decreto.
La resolución fue emitida este miércoles por la jueza Moira Fullana, titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 3, luego de que la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) presentara un amparo judicial para frenar la derogación de la fecha que conmemora el Día del Trabajador Estatal.
Qué dice el fallo judicial
El decreto publicado este jueves en el Boletín Oficial derogaba el artículo 2 de la Ley 26.876, que establecía el 27 de junio como jornada no laborable y con goce de haberes para los trabajadores de la administración pública nacional.
Ante esto, la magistrada resolvió:
- Admitir la acción de amparo interpuesta por ATE y aplicar el procedimiento de la Ley 16.986.
- Declarar competente a la Justicia Nacional del Trabajo para tratar la causa.
- Suspender provisoriamente los efectos del artículo 2° del DNU 430/25, solo en relación con ATE y los trabajadores que representa.
- Diferir los costos y honorarios legales hasta que se dicte la sentencia definitiva.
De esta forma, el feriado del 27 de junio sigue vigente para quienes están afiliados a ATE o bajo su representación gremial, al menos hasta que haya un fallo de fondo sobre la constitucionalidad del decreto.
El origen del reclamo y la normativa cuestionada
La Ley 26.876, sancionada en 2013, estableció el 27 de junio como un feriado remunerado exclusivo para los trabajadores estatales nacionales, en conmemoración de la creación de la Organización Mundial del Trabajo (OMT) y en reconocimiento al rol del empleo público.
El DNU 430/2025, impulsado por el Ejecutivo nacional, eliminó esa disposición, bajo el argumento de “promover una administración más eficiente y ajustada a las prioridades del gasto público”. ATE rechazó la medida por considerar que vulnera derechos adquiridos, y denunció que el decreto viola el principio de irrenunciabilidad de condiciones laborales establecidas por ley.
La medida cautelar solo aplica a los afiliados a ATE, aunque podría generar jurisprudencia si otras organizaciones gremiales inician acciones similares. En paralelo, el debate sobre la validez del DNU y su encuadre constitucional quedará en manos de la Justicia, que deberá resolver de fondo si el Gobierno puede eliminar por decreto un derecho laboral instituido por ley.


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