Bugallo busca prohibir y sancionar la caza de animales silvestres en establecimientos privados bonaerenses

El objetivo del proyecto del legislador de la CC es proteger la seguridad rural, la propiedad privada y preservar la fauna silvestre.
Legislativas15 de julio de 2026Soledad CastellanoSoledad Castellano

El diputado provincial de la Coalición Cívica, Luciano Bugallo, presentó un proyecto de ley para prohibir y sancionar la caza de animales silvestres en establecimientos privados del territorio de la provincia de Buenos Aires.

Luciano Bugallo, diputado de la Coalición Cívica
Luciano Bugallo, diputado de la Coalición Cívica

“Queremos prohibir de manera expresa y definitiva la caza en todo predio privado en la Provincia, estableciendo un régimen sancionatorio específico destinado a proteger la seguridad rural, la propiedad privada y el bienestar animal y fauna silvestre”, aseguró Bugallo en la iniciativa presentada junto a su par de la CC, Andrés De Leo.

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E informó que la provincia de Buenos Aires enfrenta desde hace años una problemática creciente vinculada a la organización de cuadrillas dedicadas a la caza furtiva mediante la utilización de perros galgos, actividad que produce graves consecuencias de seguridad pública. Esta práctica, explicó, implica muchas veces el ingreso ilegítimo a establecimientos rurales, la conformación de grupos organizados que actúan en horarios nocturnos, la utilización de vehículos automotores y la generación de situaciones de peligro para productores, trabajadores rurales y familias que habitan en el interior de la provincia.

El Foro de Seguridad Rural Argentino (FOSERA), mediante un comunicado público emitido el 16 de junio de 2026, manifestó su profunda preocupación por los reiterados hechos de caza furtiva registrados en distintos puntos de la provincia de Buenos Aires, advirtiendo que tales conductas ponen en riesgo la seguridad de las familias rurales, vulneran la propiedad privada y atentan contra la fauna silvestre.

El artículo 273 del Código Rural de la Provincia de Buenos Aires (Decreto-Ley N° 10.081/83) prohíbe la formación de cuadrillas de caza, la caza nocturna y el uso de determinadas modalidades especialmente dañinas. Sin embargo, Bugallo indicó que la persistencia y reiteración de estos hechos demuestran que la normativa vigente resulta insuficiente para desalentar estas conductas.

En el proyecto, Bugallo incorpora la figura de la contravención grave contra la seguridad rural, estableciendo sanciones económicas significativas, mecanismos de decomiso, secuestro preventivo de vehículos e inhabilitaciones especiales para quienes participen en estas conductas.

Se prevé también un régimen agravado para aquellos casos en que la actividad sea desarrollada por tres o más personas, durante horarios nocturnos, mediante la utilización de vehículos automotores, en áreas protegidas o cuando se produzca el ingreso ilegítimo a propiedades rurales.

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