Familias endeudadas en la Provincia: el proyecto para frenar juicios, limitar cuotas y controlar prestamistas
Mariana Portilla


El crecimiento del endeudamiento familiar abrió un nuevo frente en la Legislatura bonaerense. El presidente del bloque de Fuerza Patria en la Cámara de Diputados, Facundo Tignanelli, presentó junto al defensor del Pueblo, Guido Lorenzino, un proyecto que busca intervenir antes de que las cuotas impagas terminen en juicios, embargos o mecanismos abusivos de cobranza.
La propuesta crea un Régimen Provincial de Prevención y Tratamiento del Sobreendeudamiento de Consumidores. Su pieza central es una instancia prejudicial obligatoria y gratuita dentro de la Defensoría, donde cada persona podrá reunir a todos sus acreedores y negociar una salida compatible con su situación económica integral.
El esquema alcanzaría deudas derivadas de préstamos bancarios y financieros, tarjetas de crédito, créditos personales, aplicaciones y plataformas digitales. También podría incluir obligaciones vinculadas con servicios públicos, telefonía, salud, educación y otros consumos domésticos.
“Sabemos que, si no hay un posicionamiento fuerte desde el Estado, a los bonaerenses de a uno las empresas se los van comiendo”, sostuvo Tignanelli durante la presentación.
En el sistema actual, cada banco, tarjeta, financiera o plataforma reclama por separado. Una persona puede acordar una cuota con el primer acreedor y descubrir después que ya no conserva ingresos suficientes para responder al resto.
El proyecto pretende reemplazar esa lógica fragmentada por una evaluación global. El consumidor deberá declarar sus ingresos, compromisos y capacidad real de pago. A partir de allí, la Defensoría podrá convocar simultáneamente a todos los acreedores y ordenar una negociación conjunta.
El organismo conducido por Lorenzino quedaría facultado para verificar liquidaciones, solicitar documentación, celebrar audiencias, analizar intereses y cargos, formular propuestas de reestructuración y promover convenios.
La participación no sería voluntaria para las empresas. La incomparecencia, la negativa injustificada a entregar información, la presentación de datos falsos o la utilización de maniobras dilatorias serían consideradas incumplimientos.
“Apuntamos a ganar escala en la negociación colectiva para las y los bonaerenses que están desesperados, y ponerla bajo criterios de proporcionalidad y racionalidad frente a la mala fe de muchos acreedores”, explicó Lorenzino.
Sacar un crédito para comprar comida, pagar tarifas o remedios es una situación que hoy asfixia a miles de familias bonaerenses.
— Guido Lorenzino (@GLorenzino) September 3, 2026
Junto al diputado @mojatignanelli impulsamos un proyecto de ley para que la @defensoriaPBA acompañe de forma concreta a las personas sobreendeudadas. pic.twitter.com/4cDyNGXnnf
Uno de los cambios más relevantes aparece en el recorrido judicial. Si la iniciativa es sancionada, ningún acreedor podrá iniciar una demanda de cobro o una ejecución por una obligación alcanzada por el régimen sin atravesar previamente la instancia de negociación ante la Defensoría.
El trámite será gratuito para el consumidor. La finalidad es evitar que los costos judiciales, los honorarios y los intereses se sumen a una deuda que ya resulta difícil de afrontar.
Cuando el expediente judicial haya comenzado antes de la intervención de la Defensoría, el juez podrá suspenderlo por hasta 30 días hábiles, prorrogables por un período igual. Durante ese plazo también podrían detenerse las medidas de ejecución forzada sobre los bienes.
La suspensión no significará que la deuda desaparezca. Será una ventana para verificar los montos y buscar un acuerdo antes de que avance el proceso. Si no existe entendimiento, el acreedor podrá retomar la vía judicial.

El límite del 30% de los ingresos
El proyecto establece que la suma de las cuotas surgidas de los acuerdos no podrá superar el 30% del ingreso mensual neto de la persona.
En el caso de trabajadores independientes o personas con ingresos variables, la Defensoría deberá calcular un promedio razonable sobre el período que determine. También tendrá que distribuir la capacidad de pago de manera equilibrada entre los distintos acreedores.
La regla busca evitar acuerdos formalmente posibles, pero materialmente incumplibles. Si una familia destina casi todo su dinero a cancelar obligaciones, deberá recurrir nuevamente al crédito para pagar alimentos, medicamentos, alquiler o servicios, profundizando el mismo círculo que se intenta resolver.
La dimensión del problema quedó reflejada en un relevamiento de la propia Defensoría, realizado sobre 1.408 respuestas en 97 municipios. El informe determinó que el 56,6% de los hogares consultados tomó algún préstamo durante el último año y que el 73,5% de ese grupo todavía no consiguió cancelarlo.
Además, cuatro de cada diez familias endeudadas destinaban más de la mitad de sus ingresos al pago de cuotas. Para el 84,1%, la situación se extendía desde hacía más de seis meses.

Refinanciar implicará modificar las condiciones
Los acreedores no podrían limitarse a dividir el mismo monto en nuevas cuotas manteniendo intactos todos los cargos. Cada propuesta deberá incorporar al menos dos de estas tres alternativas: una ampliación del plazo de pago, una reducción de la tasa de interés y una quita total o parcial del capital adeudado.
Los intereses y mecanismos de actualización deberán guardar una relación razonable con el capital original, las condiciones de la operación y la capacidad económica del consumidor.
Una vez alcanzado y homologado el acuerdo, las partes deberán cumplirlo. Los conceptos que hayan sido reducidos o condonados quedarán extinguidos y no podrán reclamarse posteriormente.
Cuando finalice el plan, el acreedor tendrá que entregar una constancia de cancelación y solicitar en un plazo de cinco días hábiles la actualización de los registros crediticios correspondientes.
De la compra de bienes a la deuda para sobrevivir
La iniciativa aparece en un contexto en el que buena parte del crédito dejó de utilizarse para adquirir bienes durables y comenzó a cubrir gastos cotidianos.
El relevamiento bonaerense indicó que el 56,9% de los hogares que solicitó dinero lo destinó a alimentos. Un 30% buscó sostener gastos de vivienda, el 29,5% necesitó pagar servicios esenciales y el 28,5% afrontó compromisos relacionados con la salud.
Más de la mitad de las familias relevadas recurrió de manera exclusiva o combinada a circuitos no bancarios. Allí aparecen aplicaciones, financieras, casas de electrodomésticos, prestamistas y créditos otorgados con menores controles y tasas frecuentemente más elevadas.
El problema no es exclusivamente provincial. Como informó GRUPOLAPROVINCIA.COM, la deuda total de los hogares argentinos superó los $39 billones a comienzos de 2026. La irregularidad avanzó tanto en tarjetas como en préstamos personales. El crédito bancario ganó terreno, pero los ingresos no crecieron al mismo ritmo que las obligaciones. Así, una herramienta utilizada para sostener el consumo comenzó a transformarse en una carga difícil de administrar.
Un registro para financieras y aplicaciones
La segunda pata del proyecto apunta al mercado de préstamos que opera por fuera de las entidades bancarias fiscalizadas por el Banco Central. La propuesta crea un Registro Provincial de Prestamistas. Allí deberán inscribirse las personas y empresas que otorguen habitualmente préstamos, créditos personales, adelantos o cualquier modalidad de financiamiento a consumidores domiciliados en Buenos Aires.
La obligación también alcanzaría a plataformas digitales y aplicaciones sin sede física en territorio provincial cuando sus servicios estén dirigidos a bonaerenses. El registro deberá identificar a cada prestamista y transparentar sus canales comerciales, contratos, tasas, costo financiero total, comisiones, gastos y procedimientos de cobranza. Las entidades financieras reguladas por el Banco Central quedarían exceptuadas de la inscripción, aunque continuarían alcanzadas por las demás reglas que resulten aplicables.
El incumplimiento tendría una consecuencia directa sobre el cobro. Un prestamista obligado a anotarse que otorgue créditos sin hacerlo perderá la posibilidad de reclamar judicialmente intereses, comisiones, gastos administrativos y otros adicionales. En esos casos, solo podrá exigir el capital efectivamente entregado, luego de descontar los pagos ya realizados por el consumidor.
La sanción busca quitar rentabilidad al crédito clandestino y reducir la ventaja de quienes prestan dinero sin identificar claramente las condiciones. También apunta a impedir que contratos poco transparentes obtengan posteriormente una ejecución judicial rápida.
El texto incorpora además reglas específicas para las agencias de cobro. Prohíbe las amenazas, el lenguaje degradante, la simulación de demandas, la falsa presentación como abogado o autoridad judicial y cualquier contacto destinado a intimidar al consumidor.
Tampoco se podrá informar la existencia de una deuda a empleadores, compañeros de trabajo, vecinos o familiares que no sean garantes ni codeudores. La iniciativa establece límites de frecuencia y horarios para las comunicaciones e impide retener documentos, tarjetas, exigir contraseñas o efectuar débitos sin autorización.
Lorenzino aseguró que la Defensoría ya detectó prácticas de hostigamiento hacia personas que ni siquiera contrajeron las obligaciones. “Vamos a enviar una carta documento a las organizaciones acreedoras para que cesen con el maltrato a familiares del deudor”, anticipó.

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